martes, 9 de junio de 2015

Todo sobre el Bono Social

En este artículo conoceremos de una vez por todas qué es eso del Bono Social, (que realmente se denomina TUR para Consumidores Vulnerables). Al terminar, sabremos si somos uno de los afortunados, si los afortunados son nuestros suegros o si por el contrario no podremos fardar de conocimientos y tengamos que esperar a otro artículo de Ingefiex para tener más suerte.

¿Qué es el Bono Social? 

Se trata de una tarifa con un descuento del 25% sobre el Precio Voluntario Pequeño Consumidor (PVPC). El descuento se aplica a los términos de energía y potencia de la factura de la luz. 

¿Quién tiene derecho a solicitarlo?

Lo primero que debemos saber es que solo pueden acceder los consumidores que tengan la tarifa PVPC, es decir, se encuentren en el mercado regulado y con una potencia contratada ≤ 10 kW.
Por lo que si vamos a nuestra factura y aparece PVPC ¡enhorabuena!, ya tenemos el primer paso para conseguir el Bono Social. Si por el contrario nos encontramos en el Libre Mercado no podremos acceder a ello. 


Además, deberemos identificarnos en uno de estos grupos, ya que provisionalmente, según el artículo 45.1 de la Ley 24/2013 de 26 de Diciembre, y la Disposición transitoria décima de dicha Ley, tienen derecho al Bono Social los consumidores en su residencia habitual, que siendo personas físicas cumplan una de las siguientes condiciones:


¿Cómo se solicita? 
Hay que entregar varios documentos según el tipo de beneficiario: potencia < 3kW, familia numerosa, pensionista de más de 60 años o familia con todos los miembros en situación de desempleo.
Los documentos obligatorios para todos los casos son:
1.      Fotocopia del DNI del titular del suministro.
2.      Fotocopia de la última factura de electricidad.
3.      Certificado en vigor de empadronamiento del titular del contrato, que acredite el suministro se encuentra en nuestra vivienda habitual.


Los documentos obligatorios según el caso:

Para potencias contratadas <3kW:

1. Solicitud del Bono Social y declaración de veracidad debidamente cumplimentado y firmado.

Pensionistas:

1. Solicitud del Bono Social y declaración de veracidad debidamente cumplimentado y firmado.

2. Un certificado emitido por la Seguridad Social que demuestre que percibimos las prestaciones mínimas.

Familias numerosas:

1. Solicitud del Bono Social y declaración de veracidad debidamente cumplimentado y firmado.

2.  Fotocopia del carné en vigor de familia numerosa expedido por el órgano competente de la comunidad autónoma.

Desempleados:

1. Solicitud del Bono Social y declaración de veracidad debidamente cumplimentado y firmado, haciendo figurar en la misma los componentes de la unidad familiar, autorizando la comprobación de los datos relativos a su condición de desempleados, en los correspondientes registros públicos y, en su caso, de las Mutualidades de Previsión Social alternativas.

2. Certificado en vigor expedido por el Ayuntamiento con la lista de empadronados en el domicilio del punto de suministro.


3.  Fotocopia del libro de familia (en caso de unidades familiares de dos o más miembros).

Con todos los documentos en nuestras manos, solicitaremos el Bono Social a nuestra compañía distribuidora, mediante correo postal, correo electrónico, fax o en acudiendo en persona a alguna oficina.

¿Qué ocurre si ya no cumplo las condiciones para tener derecho al Bono Social? ¿Debo comunicarlo? 
Si realizamos algún cambio que suponga la pérdida del derecho al Bono Social, tenemos la obligación de comunicarlo a la empresa comercializadora de referencia. El no hacerlo, supone la aplicación de una penalización de un 10% de recargo en la factura inmediatamente posterior a la detección del incumplimiento, sobre los precios de la tarifa PVPC SIN el Bono Social.
¿Hay que renovarlo? 
El Bono Social se aplicará de forma automática siempre y cuando cumplamos con los requisitos del mismo. En el caso de familias numerosas, tendremos que renovarlo cuando nos caduque el Carnet de Familia Numerosa. En este caso, la compañía de referencia nos enviaría una carta 60 días antes del vencimiento.

Si una vez leído todo esto, eres uno de los afortunados, ¡Enhorabuena! Has dado un paso más en tu camino al ahorro.

Si no ha habido suerte y no puedes beneficiarte del Bono Social, ¡no te preocupes!, seguro que Ingefiex encuentra algo para ti.

En Ingefiex contamos con todos los formularios para solicitar el Bono Social. 

¡Hazte Socio y te asistiremos en el proceso!


Si has tenido alguna duda acerca del procedimiento para la Solicitud del Bono Social, no dude en contactar con nosotros a través de nuestro correo ingefiex@gmail.com, página web www.ingefiex.es o mediante las redes sociales en @ingefiex o Facebook.

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