sábado, 25 de julio de 2015

Costes de contratación. Los grandes desconocidos a la hora de dar de alta o modificar nuestro suministro eléctrico.

Buenas amigos de la eficiencia.

Estamos de vuelta con unos consejos bastante útiles sobre algo de lo que nadie habla, pero está por ahí y algún día puede darnos alguna sorpresa desagradable.

A la hora de contratar un suministro eléctrico o realizar algún cambio de potencia, es conveniente saber que existen unos costes asociados que deberíamos tener en cuenta.

Hoy os vamos a contar cuáles son, cómo funcionan y os daremos algunos casos prácticos para que lo entendáis mejor.

Comencemos con un poquito de teoría...

TIPOS DE COSTES:


Cuota de Acceso: 
Contraprestación económica a pagar a la empresa distribuidora por cada contratante de un nuevo   suministro, o de la ampliación de potencia de uno ya existente, cuyo abono procederá, en todo caso, por su incorporación a la red.
DESDE el 1/1/2014 los Derechos de Acceso CADUCAN a partir del mismo momento de la Baja del Suministro o reducción de potencia, por lo que para cualquier ampliación, se facturarán de nuevo los Derechos de Acceso.
En Baja Tensión: 19,70 €/kW

Derechos de extensión: 
Contraprestación económica a pagar a la empresa distribuidora por el solicitante de un nuevo suministro, o de la ampliación de potencia de uno ya existente, por las instalaciones de nueva extensión de red necesarias que sean responsabilidad de la empresa distribuidora.
Los Derechos de Extensión tendrán una vigencia de 3 años para Baja Tensión.
En Baja Tensión y hasta una Potencia máxima de 100 kW -> 17,37 €/kW

Actuaciones en los Equipo de Medida y Control: 
Conexionado y precintado de los equipos, así como cualquier actuación en ellos por parte del distribuidor debido a las decisiones del consumidor.
En Baja Tensión: 9,04 €/Actuación

Depósito: 
"La empresa distribuidora podrá exigir, en el momento de la contratación del acceso a las redes, la entrega de un depósito de garantía bien directamente a los consumidores o a los comercializadores en el caso de que éstos contraten el acceso en nombre del consumidor..."

CASOS PRÁCTICOS DE NUESTROS AMIGOS DE LA EFICIENCIA:

José Miguel y su novia quieren comprarse un pisito y quieren dar de Alta un nuevo suministro doméstico de 5,75 kW de potencia contratada.  ¿Cuánto van a pagar por los costes derivados de este contrato?



A principios de año, José Miguel decide bajar la potencia a 3,45 kW porque cree que han contratado una muy elevada pero no sabe si tiene que pagar algo por la bajada de potencia. Ayudemos a José Miguel:


Como veis, al reducir la potencia, no se paga (obviamente) por ningún derecho de extensión o de acceso. Únicamente por derechos de enganche y actuación en equipos de medida.

Pero resulta que al cabo de 1 año, la pareja cambia la cocina de gas a una de inducción eléctrica (cosa que económicamente no aconsejamos pues a día de hoy resulta más barato calentar con gas que con electricidad). Saben que la máxima potencia que pueden contratar es 9,2 kW según su boletín eléctrico, pero consideran que con 4,6 kW van a tener suficiente.

¿Cuánto les supondrá este nuevo cambio? 


Aparte de que la comida tendrá un sabor algo distinto, al aumentar de potencia, deberán pagar costes adicionales.
Al reducir la potencia en el caso anterior, perdió los derechos de acceso y ahora tiene que volver a pagar la diferencia (4,6 kW - 3,45 kW = 1,15 kW). Los derechos de extensión se pagarían únicamente si durante el cambio transcurren más de 3 años. Y como siempre, los derechos de enganche sí habria que pagarlos.


Por otro lado, otro de nuestros amigos, Javier Calvo lleva más de 3 años con su compañía y con una potencia contratada de 3,3 kW, pero como no está satisfecho con su contrato, decide cambiar de compañía. Además, aprovecha para cambiarse a una tarifa distinta, y al no tener una potencia normalizada, debe pasarse a 3,45 kW por lo que obviamente hay un aumento de potencia de 0,15 kW: ¿Cuáles serán los costes para Javier?


Estos 4 casos de nuestros amigos, son los más comunes a la hora de realizar un cambio de contrato por lo que esperamos haber aclarado vuestras dudas.

Si vuestro caso es distinto u os queda alguna duda, no dudéis en contactar con nosotros a través de nuestro e-mail ingefiex@gmail.com o los formularios de contacto que podrás encontrar en nuestra web www.ingefiex.es

Aprovechar para daros las gracias por seguirnos. Esperamos que esta información sea de su interés y le ayude a comprender un poco más el sistema de costes de la electricidad.

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